Multa por aparcar en acera Madrid

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Richardsf
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#1 Multa por aparcar en acera Madrid

Mensaje por Richardsf » 30 Dic 2022 15:28

Buenas compañeros,

Me ha llegado una multa de acciona por dejar una moto de alquiler en una acera de menos de 3 metros.

Comentaros que hasta ahora no le había prestado atención a esta normativa. Incluso ese día dejé la moto en una acera al lado del coche que lo tenía aparcado en zona SER. Al parecer es mejor ocupar una plaza de coche antes que dejar la moto en una acera (que lo pude haber hecho ese día en el mismo hueco donde estaba el coche) eso explica porque muchas veces veo motos aparcadas en zona ser. Así que nada, ahora a buscar aparcamientos de motos o dejar en plaza de coches y ya está.

Estar atentos ya que veo que ahora están pendientes de esto. :bye:
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pabloski
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#2 Re: Multa por aparcar en acera Madrid

Mensaje por pabloski » 30 Dic 2022 15:47

Richardsf escribió:
30 Dic 2022 15:28
Buenas compañeros,

Me ha llegado una multa de acciona por dejar una moto de alquiler en una acera de menos de 3 metros.

Comentaros que hasta ahora no le había prestado atención a esta normativa. Incluso ese día dejé la moto en una acera al lado del coche que lo tenía aparcado en zona SER. Al parecer es mejor ocupar una plaza de coche antes que dejar la moto en una acera (que lo pude haber hecho ese día en el mismo hueco donde estaba el coche) eso explica porque muchas veces veo motos aparcadas en zona ser. Así que nada, ahora a buscar aparcamientos de motos o dejar en plaza de coches y ya está.

Estar atentos ya que veo que ahora están pendientes de esto. :bye:
Al parecer hay una campaña activa para vigilar que los vehículos de "sharing" (uso compartido comunitario) de dos ruedas no entorpezcan el tránsito por las aceras. En tu caso es evidente que poco o nada puedes molestar al tratarse de una acera de 3 metros, pero es que es frecuente encontrar scooter eléctricos o patinetes de sharing atravesados en aceras de menos de 2 metros. Es la consecuencia de que algunos usuarios que no son moteros tomen la ciudad como si fuera suya.

Te paso la normativa municipal actualizada, en lo referente al aparcamiento de motos en el término municipal de Madrid. Por lo que veo has incumplido el punto número 4.

Las motos y ciclomotores de 2 y 3 ruedas se estacionarán preferentemente en las reservas situadas en la banda de estacionamiento y, en su defecto, en el espacio no reservado de dicha banda de estacionamiento de forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 metros. Se mantiene la gratuidad del estacionamiento en la banda de las calles de Área de Estacionamiento Regulado (AER) sujeta al SER.

Estacionamiento en acera: excepcionalmente, sólo cuando no puedan estacionar en la banda de estacionamiento podrán estacionar en la acera siempre que cumplan los siguientes requisitos:

1-Solo se puede estacionar en calles no peatonales ni de especial para el peatón.
2-Solo podrá estacionarse cuando no lo prohíba la señalización y no exista banda de estacionamiento (si existe banda de estacionamiento deberán estacionar en ella).
3-Deberá estacionarse en una única línea a 80 centímetros del bordillo, de forma: paralela en aceras de menos de 6 metros de ancho y en semibatería o ángulo en aceras de más de 6 metros de ancho.
4-Será obligatorio dejar tres metros de espacio libre para el tránsito peatonal (que se contará desde el límite interior de la acera bici a la fachada de inmuebles en el caso de que la acera disponga de acera-bici).
5-Deberá dejarse 2 metros libres respecto de los pavimentos tacto visuales y encaminamientos incluidos a paradas de transporte público.
6-Prohibición en particular de estacionar sobre pavimento tacto-visual y en todo caso en zonas señalizadas como de prioridad peatonal.

Se prohíbe el estacionamiento en:
-El ámbito peatonal de reservas de seguridad, reservas para vehículos de personas con movilidad reducida (PMR), paradas de autobús (22 metros antes y 5 metros después del punto de parada en el sentido de la marcha) y de taxi.
-Sobre tapas de alcantarillas, registros y servicios.
-En zonas peatonales que no sean acera y en ampliaciones provisionales de acera.
-En al ámbito peatonal de los contenedores de residuos.
-Las motos y ciclomotores solo podrán usar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera, debiendo desplazarse sin motor por la acera hasta llegar a su lugar de estacionamiento, respetando la seguridad vial, la accesibilidad y la prioridad del tránsito peatonal.
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Richardsf
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#3 Re: Multa por aparcar en acera Madrid

Mensaje por Richardsf » 30 Dic 2022 18:37

pabloski escribió:
30 Dic 2022 15:47
Richardsf escribió:
30 Dic 2022 15:28
Buenas compañeros,

Me ha llegado una multa de acciona por dejar una moto de alquiler en una acera de menos de 3 metros.

Comentaros que hasta ahora no le había prestado atención a esta normativa. Incluso ese día dejé la moto en una acera al lado del coche que lo tenía aparcado en zona SER. Al parecer es mejor ocupar una plaza de coche antes que dejar la moto en una acera (que lo pude haber hecho ese día en el mismo hueco donde estaba el coche) eso explica porque muchas veces veo motos aparcadas en zona ser. Así que nada, ahora a buscar aparcamientos de motos o dejar en plaza de coches y ya está.

Estar atentos ya que veo que ahora están pendientes de esto. :bye:
Al parecer hay una campaña activa para vigilar que los vehículos de "sharing" (uso compartido comunitario) de dos ruedas no entorpezcan el tránsito por las aceras. En tu caso es evidente que poco o nada puedes molestar al tratarse de una acera de 3 metros, pero es que es frecuente encontrar scooter eléctricos o patinetes de sharing atravesados en aceras de menos de 2 metros. Es la consecuencia de que algunos usuarios que no son moteros tomen la ciudad como si fuera suya.

Te paso la normativa municipal actualizada, en lo referente al aparcamiento de motos en el término municipal de Madrid. Por lo que veo has incumplido el punto número 4.

Las motos y ciclomotores de 2 y 3 ruedas se estacionarán preferentemente en las reservas situadas en la banda de estacionamiento y, en su defecto, en el espacio no reservado de dicha banda de estacionamiento de forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 metros. Se mantiene la gratuidad del estacionamiento en la banda de las calles de Área de Estacionamiento Regulado (AER) sujeta al SER.

Estacionamiento en acera: excepcionalmente, sólo cuando no puedan estacionar en la banda de estacionamiento podrán estacionar en la acera siempre que cumplan los siguientes requisitos:

1-Solo se puede estacionar en calles no peatonales ni de especial para el peatón.
2-Solo podrá estacionarse cuando no lo prohíba la señalización y no exista banda de estacionamiento (si existe banda de estacionamiento deberán estacionar en ella).
3-Deberá estacionarse en una única línea a 80 centímetros del bordillo, de forma: paralela en aceras de menos de 6 metros de ancho y en semibatería o ángulo en aceras de más de 6 metros de ancho.
4-Será obligatorio dejar tres metros de espacio libre para el tránsito peatonal (que se contará desde el límite interior de la acera bici a la fachada de inmuebles en el caso de que la acera disponga de acera-bici).
5-Deberá dejarse 2 metros libres respecto de los pavimentos tacto visuales y encaminamientos incluidos a paradas de transporte público.
6-Prohibición en particular de estacionar sobre pavimento tacto-visual y en todo caso en zonas señalizadas como de prioridad peatonal.

Se prohíbe el estacionamiento en:
-El ámbito peatonal de reservas de seguridad, reservas para vehículos de personas con movilidad reducida (PMR), paradas de autobús (22 metros antes y 5 metros después del punto de parada en el sentido de la marcha) y de taxi.
-Sobre tapas de alcantarillas, registros y servicios.
-En zonas peatonales que no sean acera y en ampliaciones provisionales de acera.
-En al ámbito peatonal de los contenedores de residuos.
-Las motos y ciclomotores solo podrán usar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera, debiendo desplazarse sin motor por la acera hasta llegar a su lugar de estacionamiento, respetando la seguridad vial, la accesibilidad y la prioridad del tránsito peatonal.
Muchas gracias por toda la info Pablo! Muy útil.

No sabía que era una campaña más hacia servicios de sharing y efectivamente ha sido el punto 4. Es cierto que en muchos casos he visto varios vehículos de este tipo entorpeciendo mucho el paso lo cual también está mal. Yo igual si llego en ir de nuevo en moto ya estaré atento más que todo a dejar la moto en los nuevos espacios habilitados o directamente zona ser para evitar la multa. A dicha multa debo sumarle 30€ de gestión por parte de acciona (lo tienen en sus políticas) creo que más nunca cogeré una moto de estas, pues me pareció mucho dinero pero ya eso es otro tema...
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