Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
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#1 Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Hola, hace 3 meses que he cumplido los 2 años de limitacion, ahora llevo la moto limitada en papeles, en teoria voy legal, pero en la documentacion sigue vigenete que esta limitada en potencia. ¿creeis conveniente deslimitar la moto tambien en papeles o mejor me lo ahorro?
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#2 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Yo personalmente la deslimitaria tambien en papeles por si las moscas, no vaya ser (toquemos madera) que tengas algún problema y el seguro se lave las manos, o lo que es peor te metan un puro de p.....s
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#3 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
deslimitala en papeles y vendete la centralita que por lo menos recuperes algo del gasto que supone limitarla. Yo pienso hacerlo,..... en agosto ( puffff, parece que fue ayer cuando me saque el carnet)
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#4 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Tu caso es exactamente el mío. Cumplí hace poco los dos años, la llevo también deslimitada físicamente y limitada en papeles.
Yo la estoy (lentamente) deslimitando también en papeles. Ando en gestiones con el concesionario para que me pida los papeles a Suzuki (lo que tardan).
Ahora, tampoco me escandalizaría de alguien que no lo hiciera... esto no es ni mucho menos tan grave como ser conductor novel y no llevarla limitada.
Yo la estoy (lentamente) deslimitando también en papeles. Ando en gestiones con el concesionario para que me pida los papeles a Suzuki (lo que tardan).
Ahora, tampoco me escandalizaría de alguien que no lo hiciera... esto no es ni mucho menos tan grave como ser conductor novel y no llevarla limitada.
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#5 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
hazlo asi te evitaras te evitaras problemas
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#6 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Pero que tipo de problemas se evitan asi?
Yo voy limitado y todavia me faltan unos meses para cumplir los 2 años. Pero no tenia pensado deslimitarla en papeles......no veo donde esta el problema de que un tio que puede llevar una moto de 70 caballos lleve una de 34 cv... Al guardia civil que me pare le dara exactamente igual, y al seguro supongo que tambien, ya que si mi seguro esta hecho para este tipo de moto ahora y me cubre, con mas razon me cubrira cuando sea un conductor con mas de 2 años de carnet y "supuestamente" con mas experiencia....(y la moto es la misma......)
Y así, si en un futuro decido cambiar de moto, siempre tengo mas mercado por que se la puedo vender a un conductor novel.......
Que igual soy un bocas y me paso de listo, pero de verdad que no entiendo donde veis el problema....
Lo unico que se me ocurre es que el numero de serie de la centralita que marca la documentacion no coincidirá, pero mientras que coincidan la matricula, el numero de chasis y que el conductor no sea novel........no creo que puedan hacerte nada....
Ademas el seguro tiene que hacerse cargo, ya que yo no pago menos por tener 34 caballos. De hecho en mi compañia de seguros nunca me preguntaron si la moto esta limitada o no....pago lo que paga una vstrom y punto....
Venga va alguien que nos lo aclare....
Un saludo....
Yo voy limitado y todavia me faltan unos meses para cumplir los 2 años. Pero no tenia pensado deslimitarla en papeles......no veo donde esta el problema de que un tio que puede llevar una moto de 70 caballos lleve una de 34 cv... Al guardia civil que me pare le dara exactamente igual, y al seguro supongo que tambien, ya que si mi seguro esta hecho para este tipo de moto ahora y me cubre, con mas razon me cubrira cuando sea un conductor con mas de 2 años de carnet y "supuestamente" con mas experiencia....(y la moto es la misma......)
Y así, si en un futuro decido cambiar de moto, siempre tengo mas mercado por que se la puedo vender a un conductor novel.......
Que igual soy un bocas y me paso de listo, pero de verdad que no entiendo donde veis el problema....
Lo unico que se me ocurre es que el numero de serie de la centralita que marca la documentacion no coincidirá, pero mientras que coincidan la matricula, el numero de chasis y que el conductor no sea novel........no creo que puedan hacerte nada....
Ademas el seguro tiene que hacerse cargo, ya que yo no pago menos por tener 34 caballos. De hecho en mi compañia de seguros nunca me preguntaron si la moto esta limitada o no....pago lo que paga una vstrom y punto....
Venga va alguien que nos lo aclare....
Un saludo....

Última edición por Gorrion el 02 Abr 2008 12:24, editado 1 vez en total.
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#7 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Lo que el compañero quiere decir que una vez pasados los dos años de rigor y quitar la centralita limitada y poner la original, tiene la duda si ir a la ITV a modificar la ficha tecnica para que le quiten la indicacion de que esta limitada a 34cv o no, y si es que no que problemas le puede acarrear esto. NO se trata si tiene que seguir con esos 34cv realmente o no.
el problema no esta en llevar una moto de 34cv, el problema esta que llevas una de 70cv con la documentacion de una de 34cv y de ahi pueden salir un monton de problemas dependiendo de que agente te encuentres, porque no nos engañemos, pasados los dos años va a llevar la limitacion Rita la Cantaora
Ahora bien, si pasados los dos años sigues llevando la centralita limitada entonces no hay problema alguno claro está.
Lo importante creo yo es que la documentacion corresponda a la moto que estas llevando ya que si en caso de accidente meten tu moto en un banco por lo que sea y ven que da 70cv cuando deberia dar 34, te puede caer un puraco del copón
el problema no esta en llevar una moto de 34cv, el problema esta que llevas una de 70cv con la documentacion de una de 34cv y de ahi pueden salir un monton de problemas dependiendo de que agente te encuentres, porque no nos engañemos, pasados los dos años va a llevar la limitacion Rita la Cantaora

Ahora bien, si pasados los dos años sigues llevando la centralita limitada entonces no hay problema alguno claro está.
Lo importante creo yo es que la documentacion corresponda a la moto que estas llevando ya que si en caso de accidente meten tu moto en un banco por lo que sea y ven que da 70cv cuando deberia dar 34, te puede caer un puraco del copón
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#8 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Hola:
Yo la deslimité en papeles cuando cumplí la limitación.
Y también hice (creo que incluso por aquí) la misma pregunta, y al final no saque en claro si esa diferencia entre lo que pone la documentación (34CV) y a realidad (68), puede suponer o no algún problema (el seguro en caso de accidente o algo); pero creo que la modificación de la potencia es una modificación de importancia de esas que dice la ley, y me quedaba mucho más tranquilo llevando todo legal que no
También coincidió que me iba a Francia en moto, y ya me dio más miedo en andar de "alegal" por el extranjero, sin entender ni para de francés ni nada.
Sobre lo de vender la moto como limitada o no limitada, yo la centralita limitada no la he vendido, así que si un novato la quiere limitada, es cosa de pedir un papel en suzuki (y supongo que por números de serie y tal no habrá ningún problema) y pasar la ITV, vamos unos 150 €, no creo que esos 150 € sean los que hagan que alguien prefiera mi moto u otra, supongo que miraran otras cosas como estado, km y tal
y si el supuesto comprador no es novel, preferirá (supongo) una moto sin limitar en papeles y con todo en orden (al final me tocaría pagar a mi esos 150 € para dejarla sin limitar y vendersela
)
Saludos. Mano
Yo la deslimité en papeles cuando cumplí la limitación.
Y también hice (creo que incluso por aquí) la misma pregunta, y al final no saque en claro si esa diferencia entre lo que pone la documentación (34CV) y a realidad (68), puede suponer o no algún problema (el seguro en caso de accidente o algo); pero creo que la modificación de la potencia es una modificación de importancia de esas que dice la ley, y me quedaba mucho más tranquilo llevando todo legal que no

También coincidió que me iba a Francia en moto, y ya me dio más miedo en andar de "alegal" por el extranjero, sin entender ni para de francés ni nada.
Sobre lo de vender la moto como limitada o no limitada, yo la centralita limitada no la he vendido, así que si un novato la quiere limitada, es cosa de pedir un papel en suzuki (y supongo que por números de serie y tal no habrá ningún problema) y pasar la ITV, vamos unos 150 €, no creo que esos 150 € sean los que hagan que alguien prefiera mi moto u otra, supongo que miraran otras cosas como estado, km y tal


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#9 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Yo no creo que pasa nada grave, a lo sumo una falta administrativa por no llevar la documentacion actualizada. Si que habría un problema y grande si fuera al reves (llevando una moto con mas de 34 cv. con menos de dos años de carnet) en ese caso sería como conducir sin carnet
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#10 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Vamos a ver si me explico amigo boolean....
Doy por hecho que lo que se quiere es poner la centralita gorda, por eso digo que lo que identifica a una moto es el numero de chasis y la matricula. Y esto va a estar bien....
La unica "acotacion" seria que esa moto tiene hecha una reforma autorizada de reduccion de potencia con una centralita que tiene un numero de serie, al haberla cambiado y tener puesta la gorda, no tenemos esa centralita tenemos otra con otro numero....Pero es un dato irrelevante por que el conductor que lleva esa moto no necesita limitacion...
Pero repito lo que identifica a una moto es numero de chasis y matricula.........la limitacion es una reforma autorizada, pero no es un criterio para su identificacion....
En lo referente a la moto no hay problemas de identificacion, y en lo referente al seguro tampoco, ya que yo estoy pagando por asegurar una vstrom y pago la misma cantidad de dinero por 70 cv que por 34 cv.....por lo tanto el que mi moto conste con 34 cv o 70 cv, no representa ningun cambio desde el punto de vista del seguro.
Con respecto al puraco al que te refieres, no se mira nada en un banco....se mira si tiene puesta la limitacion que para eso estan homologadas, y por eso cuesta una pasta la homologacion por parte de el fabricante, o de otras empresas como atimpex...
Lo que hacen los seguros es mandar a un perito que inspeccione la moto y vea si está puesta la centralita pertinente o los sistemas de limitacion que lleve la moto(campanas, tope de acelerador....etc).Pero solo en el caso de que el conductor sea un "sin carnet" (o sea que tenga menos de 2 años con 34 cv) si el conductor tiene mas de 2 años de experiencia, El seguro se tiene que hacer cargo igual asi que, para que van a mandar a un perito que mire la limitacion?
Como mucho te podran multar por no tener la documentacion actualizada, me imagino sera algo parecido a cuando no llevas el carnet de conducir encima, al dia siguiente vas lo presentas pagas 6 euros y a correr...
Un saludo.....

Doy por hecho que lo que se quiere es poner la centralita gorda, por eso digo que lo que identifica a una moto es el numero de chasis y la matricula. Y esto va a estar bien....
La unica "acotacion" seria que esa moto tiene hecha una reforma autorizada de reduccion de potencia con una centralita que tiene un numero de serie, al haberla cambiado y tener puesta la gorda, no tenemos esa centralita tenemos otra con otro numero....Pero es un dato irrelevante por que el conductor que lleva esa moto no necesita limitacion...
Pero repito lo que identifica a una moto es numero de chasis y matricula.........la limitacion es una reforma autorizada, pero no es un criterio para su identificacion....
En lo referente a la moto no hay problemas de identificacion, y en lo referente al seguro tampoco, ya que yo estoy pagando por asegurar una vstrom y pago la misma cantidad de dinero por 70 cv que por 34 cv.....por lo tanto el que mi moto conste con 34 cv o 70 cv, no representa ningun cambio desde el punto de vista del seguro.
Con respecto al puraco al que te refieres, no se mira nada en un banco....se mira si tiene puesta la limitacion que para eso estan homologadas, y por eso cuesta una pasta la homologacion por parte de el fabricante, o de otras empresas como atimpex...
Lo que hacen los seguros es mandar a un perito que inspeccione la moto y vea si está puesta la centralita pertinente o los sistemas de limitacion que lleve la moto(campanas, tope de acelerador....etc).Pero solo en el caso de que el conductor sea un "sin carnet" (o sea que tenga menos de 2 años con 34 cv) si el conductor tiene mas de 2 años de experiencia, El seguro se tiene que hacer cargo igual asi que, para que van a mandar a un perito que mire la limitacion?
Como mucho te podran multar por no tener la documentacion actualizada, me imagino sera algo parecido a cuando no llevas el carnet de conducir encima, al dia siguiente vas lo presentas pagas 6 euros y a correr...
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#11 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Creo que lo has clavao.Gorrion escribió:Vamos a ver si me explico amigo boolean....![]()
Doy por hecho que lo que se quiere es poner la centralita gorda, por eso digo que lo que identifica a una moto es el numero de chasis y la matricula. Y esto va a estar bien....
La unica "acotacion" seria que esa moto tiene hecha una reforma autorizada de reduccion de potencia con una centralita que tiene un numero de serie, al haberla cambiado y tener puesta la gorda, no tenemos esa centralita tenemos otra con otro numero....Pero es un dato irrelevante por que el conductor que lleva esa moto no necesita limitacion...
Pero repito lo que identifica a una moto es numero de chasis y matricula.........la limitacion es una reforma autorizada, pero no es un criterio para su identificacion....
En lo referente a la moto no hay problemas de identificacion, y en lo referente al seguro tampoco, ya que yo estoy pagando por asegurar una vstrom y pago la misma cantidad de dinero por 70 cv que por 34 cv.....por lo tanto el que mi moto conste con 34 cv o 70 cv, no representa ningun cambio desde el punto de vista del seguro.
Con respecto al puraco al que te refieres, no se hace nada de un banco....lo que hacen los seguros es mandar a un perito que inspeccione la moto y vea si está puesta la centralita pertinente o los sistemas de limitacion que lleve la moto(campanas, tope de acelerador....etc).Pero solo en el caso de que el conductor sea un "sin carnet" (menos de 2 años..) si el conductor tiene mas de 2 años de experiencia, El seguro se tiene que hacer cargo igual asi que, para que van a mandar a un perito que mire la limitacion?
Como mucho te podran multar por no tener la documentacion actualizada, me imagino sera algo parecido a cuando no llevas el carnet de conducir encima, al dia siguiente vas lo presentas pagas 6 euros y a correr...
Un saludo.....
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#12 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
ayer hablé con el concesionario de Caceres, y me dijo que necesitaba el certificado de suzuki (75 €) y el certificado de taller + las tasas de la itv (25 €), vamos otros 100 € que toca pagar para esta gilipollez, esto de la limitacion es el timo mas grande que he visto en mi vida. De momento no tengo pensado hacerlo, pero con el tiempo, no se....
#13 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Yo la tengo limitada en papeles desde que cumplí los dos años preceptivos... cuando le toque llevarla a la ITV si me dicen algo pues lo arreglo, que no pasa nada? pues la dejo así...
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#14 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
En principio se debería llevar todo ''en regla'' , ahora bien allá cada uno como entiende la vida.
No deberias tener problema por llevar la moto limitada en papeles , pero seguro que algun G.C en el cumplimiento de su trabajo casualmente lleguen esos papeles a sus manos (Accidente, control, etc
) y se te pueda presentar un problema.
No comento nada acerca de la cosa acabe en juicio, los abogados de la otra parte irian a hacer sangre con ese tema..
Pero vamos es mi opinión, nunca me he visto en esa situación pero tambien te digo que llevo mi seguro al dia, circulación .. y así todo.

No deberias tener problema por llevar la moto limitada en papeles , pero seguro que algun G.C en el cumplimiento de su trabajo casualmente lleguen esos papeles a sus manos (Accidente, control, etc

No comento nada acerca de la cosa acabe en juicio, los abogados de la otra parte irian a hacer sangre con ese tema..

Pero vamos es mi opinión, nunca me he visto en esa situación pero tambien te digo que llevo mi seguro al dia, circulación .. y así todo.

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#15 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Lo que dices aquí lo dice el sentido común, y además lo dice la ley (R.D.L 8/2004 de 29 de Octubre, sobre aprobación del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro, bla, bla... La que se aplica actualmente, vamos.):Gorrion escribió:....por lo tanto el que mi moto conste con 34 cv o 70 cv, no representa ningun cambio desde el punto de vista del seguro.
Un saludo.....
El asegurador no podrá oponer frente al perjudicado,en particular, respecto de aquellas cláusulas contractuales que excluyan de la cobertura la utilización o conducción del vehículo designado en la póliza por quienes carezcan de permiso de conducir, incumplan las obligaciones legales de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo o, fuera de los supuestos de robo, utilicen ilegítimamente vehículos de motor ajenos o no estén autorizados expresa o tácitamente por su propietario.
Ahora bien,esto es en cuanto al seguro de subcripción obligatoria, es decir, el de responsabilidad civil. Si tienes contratada cualquier otra modalidad, te han dado bien.
Dicen que el seguro luego, te puede reclamar los costes por no cumplir lo pactado y tal. pero no sé... Si le pones un tubo de escape con ganancia de 10 CVs o más, qué...
A mi me preguntaron si habia hecho algura modificación técnica a la moto que afectase a las prestaciones de la misma...
Yo no deslimitaría, te expones a la misma sanción que si no llevas el segundo par de gafas...
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#16 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
para los que lo habeis hecho, ¿sabeis si en la ITV se quedan con el certificado Suzuki o te lo devuelven?
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#17 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Hola:
En mi caso se lo quedaron
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#18 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
En la ITV se quedan con el certificado. Cuando limitas la moto, tiene la misma consideración que si cambiaras de motor (aunque en la práctica solo signifique enchufar la nueva centralita), cambian las especificaciones técnicas de la moto. Por eso es tan importante que cuando le quites la limitación pases la ITV pues el efecto legal es como si cambiaras a tu moto de motor y le pusieras uno mas potente. Este es el punto de vista que me dieron en la ITV al limitarla.
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#19 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Se lo quedan, claro. Quizá les valga una fotocopia compulsada, pregúntalo.xarzum escribió:para los que lo habeis hecho, ¿sabeis si en la ITV se quedan con el certificado Suzuki o te lo devuelven?
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#20 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Por cierto, por casualidad hoy me han llamado del Conce, para decirme que ya tienen los papeles.
Opino más o menos igual que la mayoría, por lo que he visto: que no tiene demasiada importancia hacerlo o no, pero para quitarse posibles problemas, la voy a deslimitar.
Como me digo siempre: "si me gasté casi 9.000 € en una moto, cómo no me voy a gastar 100 en X".
Opino más o menos igual que la mayoría, por lo que he visto: que no tiene demasiada importancia hacerlo o no, pero para quitarse posibles problemas, la voy a deslimitar.
Como me digo siempre: "si me gasté casi 9.000 € en una moto, cómo no me voy a gastar 100 en X".
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#21 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Ya no es obligatorio llevar el segundo par de gafas, ( a mi me denunciaron por eso cuando si era obligatorio, debí ser de los pocos en España denunciados por ese motivo)xjpedro escribió: Yo no deslimitaría, te expones a la misma sanción que si no llevas el segundo par de gafas...
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#22 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
A ver:
- Que es ilegal, está más claro que el agua. Como alguien apuntaba, se trata de una modificación de importancia al motor y es necesario pasar la ITV de nuevo.
- Que te vayan a multar por eso, es extremadamente improbable. Pongamos que como por no llevar luces de repuesto (que llevo, por cierto).
- En caso de accidente, la compañía de seguros, si te quiere repercutir los daños que hayas ocasionado, tendrá que demostrar que han sido debidos a la modificación. Ejemplo: pones 17 faros de xenon, deslumbras al conductor de un autobús de monjitas, y se cae por un terraplen. Pues vale, demostrable. Pero atropellas a un vejete a 30 Km/h en ciudad, ¿no lo habrías hecho si hubieras pasado la ITV? No se sostiene en un juicio.
Con todo, me reafirmo: prefiero hacerlo todo legal (mañana voy a por los papeles).
- Que es ilegal, está más claro que el agua. Como alguien apuntaba, se trata de una modificación de importancia al motor y es necesario pasar la ITV de nuevo.
- Que te vayan a multar por eso, es extremadamente improbable. Pongamos que como por no llevar luces de repuesto (que llevo, por cierto).
- En caso de accidente, la compañía de seguros, si te quiere repercutir los daños que hayas ocasionado, tendrá que demostrar que han sido debidos a la modificación. Ejemplo: pones 17 faros de xenon, deslumbras al conductor de un autobús de monjitas, y se cae por un terraplen. Pues vale, demostrable. Pero atropellas a un vejete a 30 Km/h en ciudad, ¿no lo habrías hecho si hubieras pasado la ITV? No se sostiene en un juicio.
Con todo, me reafirmo: prefiero hacerlo todo legal (mañana voy a por los papeles).
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#23 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Gorrión, estoy totalmente deacuerdo contigo, aunque yo no he pasado por esto , ya que hace treinta años que tengo el carnet.
Pienso que todas las leyes que se hacen en este país son para sacar dinero como sea...
Un saludo a todos
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#24 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
En mi caso se quedaron con el certificado en la ITV e hicieron una anotacion en la ficha tecnica con una fecha de inicio, especificando que es por dos años.
Le pregunte al dueño del concesionario y me dijo que cuando pasasen los dos años cambiase la centralita yo mismo y ya estaba solucionado y que no hacia falta hacer nada porque esa anotacion decia claramente que eran dos años a partir de la fecha.
De todas formas, aun me queda mas de un año para deslimitarla.
Le pregunte al dueño del concesionario y me dijo que cuando pasasen los dos años cambiase la centralita yo mismo y ya estaba solucionado y que no hacia falta hacer nada porque esa anotacion decia claramente que eran dos años a partir de la fecha.
De todas formas, aun me queda mas de un año para deslimitarla.
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#25 Re: Cumplí los dos años, ¿deslimito la moto en papeles?
Yo tambien llevo lamparas de reouestoMambrino escribió:A ver:
- Que es ilegal, está más claro que el agua. Como alguien apuntaba, se trata de una modificación de importancia al motor y es necesario pasar la ITV de nuevo.
- Que te vayan a multar por eso, es extremadamente improbable. Pongamos que como por no llevar luces de repuesto (que llevo, por cierto).
- En caso de accidente, la compañía de seguros, si te quiere repercutir los daños que hayas ocasionado, tendrá que demostrar que han sido debidos a la modificación. Ejemplo: pones 17 faros de xenon, deslumbras al conductor de un autobús de monjitas, y se cae por un terraplen. Pues vale, demostrable. Pero atropellas a un vejete a 30 Km/h en ciudad, ¿no lo habrías hecho si hubieras pasado la ITV? No se sostiene en un juicio.
Con todo, me reafirmo: prefiero hacerlo todo legal (mañana voy a por los papeles).


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